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El alto tribunal británico concluyó que, para efectos legales, el término “mujer” se refiere únicamente al sexo biológico, excluyendo así a las mujeres trans de ciertas protecciones bajo la Ley de Igualdad de 2010.
Cinco jueces de la Corte Suprema del Reino Unido, el máximo tribunal de ese país, dictaminaron por unanimidad que, según la Ley de Igualdad de 2010, el término “mujer” se refiere exclusivamente a una mujer biológica. La decisión fue anunciada el miércoles 16 de abril en Londres y marca un precedente en medio del debate sobre los derechos de las personas trans en el Reino Unido.


La demanda fue presentada por el grupo escocés For Women Scotland, que se opuso a una interpretación de la ley que reconocía como mujeres legales a las mujeres trans con certificado de reconocimiento de género (GRC, por sus siglas en inglés). Según el fallo, dicha interpretación podía afectar espacios exclusivos para mujeres, como baños, albergues y servicios comunitarios.


El caso surgió en 2018, cuando se discutían leyes escocesas para aumentar la representación femenina en juntas directivas. Activistas trans argumentaban que el GRC les daba el mismo estatus legal que a cualquier otra mujer. Sin embargo, el fallo indica que los derechos por sexo biológico no pueden extenderse a personas con otro sexo legalmente reconocido.


“El concepto de mujer en esta legislación solo puede entenderse como mujer biológica”, afirmó el juez Lord Hodge, quien además aclaró que las personas trans siguen teniendo protección legal, pero bajo la categoría de discriminación por reasignación de género.


La decisión se convierte en un punto de quiebre en la discusión sobre identidad de género y acceso a derechos, en un contexto británico cada vez más polarizado.




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