El fallo ha ordenado al alcalde de Montelíbano construir, en un plazo no mayor a un año, un puente sobre la quebrada El Perro, vital para conectar los corregimientos de El Palmar y Puerto Ánchica. |
Según la Corte, la falta de un puente seguro ha puesto en riesgo la vida y la salud de los pobladores, especialmente durante el invierno. También se ha afectado el acceso a servicios como la educación, ya que el único paso que existe es una estructura artesanal que no garantiza seguridad.
La Alcaldía de Montelíbano deberá asegurar los recursos para la obra en un plazo máximo de cuatro meses. Luego, tendrá un año para terminar la construcción. Además, la Gobernación de Córdoba y el Ministerio de Transporte deberán apoyar técnicamente y financieramente el proceso.
Aunque inicialmente se esperaba que la empresa Cerro Matoso S.A. realizara la obra a través del mecanismo de “obras por impuestos”, la Corte dejó claro que la responsabilidad es del municipio.
El caso fue respaldado por la Comisión Colombiana de Juristas. En el fallo también se reconocen los derechos de Edis Martínez, una menor de edad que vive en la zona y cuya situación educativa se ha visto afectada por el aislamiento.
La sentencia ordena a la Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo vigilar el cumplimiento del fallo. Para la comunidad, es una decisión esperada desde hace años. “Hoy la Corte nos da la razón”, dijo Ortega.
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