El alto tribunal le jaló el freno al Consejo Nacional Electoral mientras estudia si el presidente fue vulnerado en su derecho al juez natural. |
El pronunciamiento del alto tribunal se dio a través del Auto 554 de 2025, con ponencia del magistrado Vladimir Fernández Andrade, y cobija exclusivamente al presidente en ejercicio, sin tocar a otros posibles implicados. En otras palabras: Petro queda blindado, por ahora.
Todo gira en torno a una vieja pelea de competencias. Según Petro, el único ente facultado para investigarlo es la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes. El CNE, según su defensa, estaría vulnerando su fuero presidencial y pasándose de la raya.
La decisión de la Corte tiene nombre propio y consecuencias de fondo. Mientras se resuelve la acción de tutela —expediente T-10.871.254— queda congelado todo movimiento del CNE contra el mandatario, y de paso se suspenden los términos de prescripción del proceso. O sea, la investigación no muere, pero entra en pausa obligatoria.
Esto ocurre después de que el Consejo de Estado, el 6 de agosto de 2024, respaldara la competencia del CNE para actuar. Ahora, con este nuevo fallo, la Corte le dice “espere tantico” al tribunal electoral, argumentando la protección de derechos fundamentales del presidente.
La decisión, como era de esperarse, no fue unánime. Cuatro magistrados —Natalia Ángel Cabo, Paola Meneses Mosquera, Jorge Enrique Ibáñez y José Fernando Reyes— salvaron su voto, dejando claro que la movida generó más de un resquemor dentro de la Sala Plena.
Así las cosas, la Corte Constitucional vuelve a ponerse en el centro del tablero político, marcando límites claros sobre quién puede tocar al presidente en ejercicio y bajo qué reglas. El reloj sigue corriendo, pero el expediente se queda quieto… al menos por ahora.
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