Según la sentencia, el conductor del vehículo manipuló gasolina inyectándola directamente al carburador, lo que provocó el incendio. |
El trágico hecho ocurrió el 18 de mayo de 2014, cuando un bus que transportaba a 60 niños y un adulto, tras asistir a una actividad de la Iglesia Pentecostal, se incendió. Según la sentencia, el conductor del vehículo manipuló gasolina inyectándola directamente al carburador, lo que provocó el incendio.
El alto tribunal determinó que “las omisiones de la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, junto con el actuar negligente del conductor, constituyen la causa directa e inmediata de los daños”. Además, se subrayó que las autoridades locales no adoptaron medidas de protección para los menores y permitieron que el bus operara durante dos años sin el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) ni revisión técnico-mecánica vigente.
Proporción de la indemnización:
La Iglesia Pentecostal deberá asumir el 80 % de la condena.
El municipio de Fundación, el 10 %.
El Instituto de Tránsito de Fundación, el 10 %.
Las indemnizaciones cubrirán perjuicios morales, lesiones y daños a la salud, tanto para las víctimas directas como para los afectados que aún no hayan participado en el proceso judicial.
La sentencia concluye que si se hubieran tomado las precauciones necesarias, “los menores no habrían abordado ese medio de transporte, evitando así el trágico desenlace”. Este fallo marca un precedente en la protección de los derechos de los menores y la responsabilidad de las instituciones frente a la seguridad colectiva.
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