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La Sala Penal considera que la medida propuesta por el Gobierno no es proporcional a los derechos de las víctimas ni a la justicia.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la decisión de no otorgar la libertad al exjefe de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso Gómez, quien había sido designado por el Gobierno Nacional como Gestor de Paz.


En su fallo, la Corte explicó que al analizar el alcance de la paz en relación con la justicia y los derechos de las víctimas, se advirtió la falta de proporcionalidad en la medida solicitada. La providencia añadió que la jurisprudencia constitucional ha establecido un test de proporcionalidad para determinar si una medida es adecuada y proporcional a los fines que se buscan, en este caso, la contribución a la paz.


Aunque la Corte reconoció que la suspensión de las medidas de aseguramiento persigue un fin legítimo, como lo es la paz, aclaró que en asuntos transicionales, tanto la Corte Constitucional como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que el objetivo de lograr la paz no es ilimitado, y debe salvaguardarse la justicia y los derechos de las víctimas.


En ese sentido, la Corte advirtió que no se pueden otorgar beneficios excesivos a quienes han sido responsables de graves violaciones a los derechos humanos.


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