La investigación disciplinaria reveló que el patrullero Moreno Terán mantenía acuerdos con miembros del grupo armado organizado para suministrar información de manera regular sobre la presencia, movimientos y acciones de la fuerza pública en la región y áreas circundantes.
La Procuraduría constató que el uniformado, utilizando su posición, facilitó actos delictivos al transmitir datos institucionales a la organización a través de mensajes de texto y llamadas telefónicas. A cambio de esta colaboración, recibía una remuneración económica cada quince días. Este comportamiento flagrantemente violatorio de los principios institucionales incumple con la misión fundamental de la policía de proteger a la comunidad y ser un ejemplo para la sociedad.
Además, se determinó que el patrullero vulneró el principio de moralidad administrativa. En consecuencia, la Procuraduría delegada Disciplinaria de Juzgamiento 1 catalogó la conducta del funcionario como gravísima, a título de dolo. Este fallo busca enviar un claro mensaje contra la corrupción y la colaboración indebida con grupos criminales dentro de las filas de la fuerza pública.
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