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La Comisión Séptima de la Cámara de Representantes finalizó el debate sobre la reforma del sistema de salud en Colombia, aprobando la totalidad del articulado. Durante la discusión, se eliminaron 9 artículos, se introdujeron 14 nuevos numerales y se modificó el controvertido artículo 123 relacionado con el acto médico.


Después de una extensa sesión de siete horas, se lograron acuerdos entre los representantes respecto a la modificación de artículos como el 138, que confería funciones extraordinarias al presidente, y la apertura del artículo 123, en respuesta a los señalamientos del sector sobre las ambigüedades en su redacción.


El presidente Gustavo Petro compartió en Twitter: "Ha sido aprobada la reforma a la salud en la comisión. Arduo trabajo, profundo el debate. Mucho más profundo que cuando se aprobó la ley 100".


Durante la sesión, se agregaron 14 nuevos numerales que destacan aspectos como la función del Ministerio de Salud y Protección Social, el cual establecerá el valor anual de una Unidad de Pago por Capitación (UPC) para cubrir la atención en salud de la población y las prestaciones económicas necesarias para financiar los servicios y tecnologías médicas que garanticen el cuidado integral.


Además, el Ministerio presentará al Consejo Nacional de Salud los factores de ajuste de la UPC antes de finalizar cada año, y este recomendará al Gobierno Nacional su aplicación para la siguiente vigencia, junto con una proyección estimada para los próximos tres años. También se le otorga la responsabilidad de calcular una UPC suficiente para financiar los servicios de salud.


Otra modificación aprobada se refiere al fortalecimiento del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA). El gobierno diseñará e implementará un plan integral de fortalecimiento para el Instituto, con el objetivo de agilizarlo, hacerlo más transparente y moderno, y aumentar sus capacidades en talento humano y evaluación de desempeño.


Asimismo, se realizó un cambio en la redacción del polémico artículo 123 sobre el acto médico, estableciendo que el profesional de la salud forma parte de la atención médica y que pueden participar "de manera concurrente o independiente otros profesionales de la salud", siendo el resultado del proceso de interacción entre el profesional médico y los demás.


Además, se eliminó el fragmento que permitía al paciente, representante o responsable solicitar una junta médica conformada por especialistas, dejando esta decisión en manos exclusivas del personal médico, bajo su criterio y profesionalismo.


Se aclara también que, en caso de no poder convocar dicha junta, el profesional médico podrá actuar según lo establecido en el artículo 16 de la Ley 1751 de 2015, y el médico de cabecera deberá proporcionar información sobre la condición de salud, el diagnóstico, las alternativas de tratamiento existentes y los riesgos previstos.


“Lo que comenzó como un proyecto de Ley de una reforma, hoy ya no es. Esto ha cambiado sustancialmente. Con el beneplácito del presidente de la república, con la posibilidad de haber dialogado con los partidos políticos, con los trabajadores, con las entidades científicas, con los pacientes”, dijo el ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, durante la discusión.


Si bien el Gobierno acaba de pasar una dura prueba, este es solo el primero de cuatro debates. Ahora el texto pasará a su segundo debate en plenaria de la Cámara, donde las cuentas aún no están claras para la aprobación.

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